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Licitaciones Abiertas

Tipos de procedimiento de licitación y contratos menores

Guías

Publicado el 3 de noviembre de 2026

Tipos de procedimiento de licitación y contratos menores

Diferencias entre el procedimiento abierto, el abierto simplificado, el restringido y el negociado, y qué son los contratos menores y por qué no se anuncian.

El procedimiento determina quién puede ofertar, cuánto tiempo hay y cómo se elige al ganador. Aparece siempre en el anuncio, y conviene entenderlo antes de decidir si merece la pena preparar una oferta.

Procedimiento abierto

Cualquier empresa interesada puede presentar una oferta. Es el más común y el más transparente. Todas las ofertas se valoran con los criterios del pliego y no hay negociación posterior.

Abierto simplificado

Es una versión más ligera del abierto para contratos de valor moderado. Tiene plazos más cortos y menos trámites: la valoración suele ser más rápida y la documentación, más sencilla. Existe además una modalidad todavía más reducida para importes pequeños.

Procedimiento restringido

Se hace en dos fases. Primero cualquier empresa puede solicitar participar y el órgano selecciona a las que invita; después, solo las invitadas presentan oferta. Se usa en contratos complejos.

Procedimientos con negociación

En el negociado, el órgano negocia las condiciones con una o varias empresas. La ley lo permite solo en supuestos tasados. Hay variantes como la licitación con negociación y el diálogo competitivo, para contratos muy complejos.

Contratos menores

Son contratos de importe muy pequeño: menos de 40.000 € en obras y menos de 15.000 € en servicios y suministros, sin IVA. La administración puede adjudicarlos directamente a una empresa con capacidad para hacerlos, sin licitación pública, aunque muchas piden antes varios presupuestos. Por eso no tienen un plazo abierto para todos y no figuran en estos listados.

Otras formas de contratar

Hay contratos que se adjudican derivados de un acuerdo marco o a través de un sistema dinámico de adquisición: ahí la competencia ya se hizo antes entre las empresas adheridas. Si quieres vender a la administración de forma recurrente, esas vías merecen un vistazo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el procedimiento más habitual?

El procedimiento abierto, en el que cualquier empresa interesada puede presentar una oferta. Para contratos de menor valor se usa mucho su versión simplificada.

¿Qué es un contrato menor?

Un contrato de importe muy reducido que la administración puede adjudicar directamente. En obras, el límite es de 40.000 euros y en servicios y suministros de 15.000 euros, sin IVA.

¿Por qué no aparecen los contratos menores en esta web?

Porque no tienen plazo de presentación de ofertas abierto a todos: se adjudican directamente a una empresa.

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